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Alcaldías bajo advertencia: incumplir el presupuesto bomberil puede ser falta disciplinaria gravísima

BOMBEROS

En el contexto de la emergencia nacional por desastres, prorrogada mediante el Decreto 1193 de 2025, la Procuraduría General de la Nación emitió la Directiva No. 001 de 2026, mediante la cual hace un fuerte llamado a garantizar la operación permanente, continua y eficiente de los cuerpos de bomberos en todo el país.

La Procuraduría recuerda que la prestación del servicio público esencial de gestión integral del riesgo contra incendios, rescates y atención de materiales peligrosos es una obligación ineludible y no discrecional de las entidades territoriales, especialmente de los municipios y distritos, conforme a la Ley 1575 de 2012.

Puntos clave de la directiva:

  • Las alcaldías deben adelantar con suficiente antelación todos los procesos administrativos, contractuales y presupuestales necesarios para asegurar la operación ininterrumpida de los cuerpos de bomberos los 365 días del año.
  • Es obligatorio apropiar, ejecutar y transferir oportunamente los recursos, incluyendo la sobretasa bomberil, a los cuerpos de bomberos voluntarios según la normatividad y los convenios vigentes.
  • No son excusas válidas la falta de planeación, retrasos contractuales ni insuficiencia presupuestal para interrumpir o prestar deficientemente el servicio bomberil.

La Procuraduría también exhorta a:

  • Gobernadores: realizar seguimiento permanente al servicio en sus departamentos, ejercer acciones de apoyo y concurrencia subsidiaria ante municipios con debilidades, y fortalecer los Fondos Departamentales de Bomberos.
  • Corporaciones Autónomas Regionales: reforzar la articulación con bomberos, especialmente en incendios forestales y emergencias ambientales.
  • Dirección Nacional de Bomberos de Colombia (DNBC): intensificar el fortalecimiento técnico-operativo, inspección, vigilancia y control de los cuerpos de bomberos.
  • UNGRD: priorizar acciones de conocimiento, prevención y manejo del riesgo por incendios en coordinación con territorios y organismos de socorro.

Advertencia contundente La Procuraduría reitera que el incumplimiento de estas obligaciones constituye faltas disciplinarias graves o gravísimas según la Ley 1952 de 2019 (modificada por la Ley 2094 de 2021). Anunció que mantendrá una vigilancia preventiva estricta y ejercerá control de gestión para proteger efectivamente la vida, la integridad, el ambiente y los bienes de la población.

Amazonas News Radio hace un llamado urgente a las alcaldías del país para revisar de inmediato su situación presupuestal y contractual con los cuerpos de bomberos y evitar sanciones disciplinarias.

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